II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 46/2022 de 7 de septiembre de fs. 57 vta. a 59 vta, el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Nº 1 de Punata del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Oscar Harol Guzmán Canqui autor de la comisión del delito de Violencia Familiar o Doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis del CP, modificado por la Ley 348, imponiendo la pena de reclusión de “(3) dos años” (sic), asimismo, al pago de costas y el resarcimiento de los daños civiles ocasionados a la víctima y al Estado.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Oscar Harol Guzmán Canqui, formuló recurso de apelación restringida de fs. 62 a 65, que fue resuelto por Auto de Vista 54/2023 de 3 de julio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado.
