II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 14/21 de 22 de abril de 2021 (fs. 797 a 811), el Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Reina Barrios Delgado, autora y culpable de la comisión de los delitos de Falsedad Material, Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del CP, imponiendo la condena de tres años de presidio, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Santos Pedro Gallardo Ochoa (fs. 827 a 828 vta. y 886 a 889 vta.), y la imputada Reina Barrios Delgado (fs. 839 a 853 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por el Auto de Vista 180 de 26 de octubre de 2021 (fs. 930 a 934), dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible y procedente el recurso planteado por Santos Pedro Gallardo Ochoa donde revoca parcialmente la Sentencia modificando la pena a tres años y ocho meses; respecto, a Reina Barrios Delgado declara admisible e improcedente su recurso, ante ello interpone recurso de casación de fs. 938 a 951, que es resuelto por el Auto Supremo 1602/2022-RRC de 25 de noviembre, declarando fundado su recurso de casación, dejando sin efecto el Auto de Vista recurrido estipulando se emita nueva resolución; en cuyo mérito, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emite el Auto de Vista 176 de 14 de noviembre de 2023, donde declara admisibles e improcedentes los recursos planteados, confirmando la Sentencia apelada.
