AS/0014/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0014/2024

Fecha: 11-Mar-2024

CONSIDERANDO I

Por memorial de fs. 58 a 6127, Daymo Jeria del Rio, se apersona en virtud a Testimonio de Poder Notariado 1322/2022 de 21 de noviembre, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública N° 22 de la ciudad de La Paz, a cargo de la Abog. Susana Felipa Alanoca; documento con el que abona su personería en representación de su mandante María Ximena Grace Ochoa de Hurtado de Mendoza.

Argumenta que su representada contrajo matrimonio civil con Ronald Guido Adolfo Hurtado de Mendoza Muñoz y que mediante Sentencia de Divorcio de 27 de septiembre de 2022, pronunciado por la Corte del 57º Distrito Judicial, del Condado de Bexar, Estado de Texas de los Estados Unidos de Norte América, quedando disuelto dicho vínculo matrimonial; a la presente demanda se adjunta el Testimonio librado por la referida Corte de Distrito, mismo que fue debidamente legalizado ante el Consulado General de Bolivia en Estados Unidos y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia.

Asimismo, señala que son de aplicación el art. 38.8) de la Ley del Órgano Judicial, que le atribuye competencia al Tribunal Supremo de Justicia y al versar la demanda sobre homologación de Sentencia dictada en el extranjero, el procedimiento está previsto por los arts. 502 y siguientes del Código Procesal Civil (CPC).

En ese sentido, solicita se dicte resolución de homologación correspondiente y ordene al Juez de turno en lo familiar de la ciudad de La Paz, para que se proceda con la respectiva inscripción y se disponga la cancelación de la partida matrimonial emitida por la Oficialía Nº 2091, Libro N° 1-83, Partida N° 15, Folio N° 8 del departamento de La Paz.

En ese contexto, admitida la demanda por proveído de 1 de junio de 2023 de fs. 65, disponiéndose la citación de Ronald Guido Adolfo Hurtado de Mendoza Muñoz, a cuyo efecto se ordenó la citación por edictos, en aplicación del art. 78.II del CPC, a efecto de proseguir con la tramitación, previo juramento de desconocimiento de domicilio.

Cumplidas las publicaciones correspondientes y sin respuesta alguna, se designó defensora de oficio, quien mediante memorial presentado el 8 de diciembre de 2023, contestó manifestando que se allana a la demanda de homologación de Sentencia de Divorcio.