POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por el numeral 8 del artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial, los artículos 503.II) y 507.III) del CPC, HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio de 27 de septiembre de 2022, pronunciada por la Corte del 57avo Distrito del Condado de Bexar del Estado de Texas de los Estados Unidos de Norte América que resuelve la disolución del vínculo matrimonial entre María Ximena Grace Ochoa de Hurtado de Mendoza y Ronald Guido Adolfo Hurtado de Mendoza Muñoz.
Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el art. 507.IV) del CPC., se ordena su cumplimiento al Juez Público en Materia Familiar de Turno de la ciudad de La Paz, quien dispondrá la cancelación de la Partida de Matrimonio entre María Ximena Grace Ochoa de Hurtado de Mendoza y Ronald Guido Adolfo Hurtado de Mendoza Muñoz, registrada en la Oficialía Nº 2291, Libro N° 1-83, Partida N° 15, Folio N° 8 del departamento de La Paz, el 21 de abril de 1984 y demás datos registrados en el Certificado de Matrimonio cursante a fs. 40.
A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión ejecutoria adjuntándose copia legalizada de la presente resolución, asimismo procédase al desglose de la documental en original, debiendo quedar fotocopias legalizadas y posterior archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese, archívese.
Marco Ernesto Jaimes Molina
PRESIDENTE
Juan Carlos Berrios Albizu
DECANO
José Antonio Revilla Martínez
MAGISTRADO
María Cristina Díaz Sosa
MAGISTRADA
Carlos Alberto Egüez Añez
MAGISTRADO
Ricardo Torres Echalar
MAGISTRADO
Edwin Aguayo Arando
MAGISTRADO
Olvis Egüez Oliva
MAGISTRADO
Sandra Magaly Mendivil Bejarano
SECRETARIA DE SALA PLENA
