AS/0128-A/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0128-A/2024

Fecha: 15-Mar-2024

CONSIDERANDO II

A mérito de lo manifestado, se procede a resolver el recurso de compulsa en virtud a los siguientes fundamentos y argumentos:

Conforme informan los antecedentes del cuadernillo venido a este Tribunal, el origen de todos los actuados se encuentra en el proceso social seguido por Víctor Ramiro Nava Carranza contra la Empresa compulsante, que opone la reincorporación, pago de sueldos devengados y demás derechos sociales, siendo resuelta por Resolución N° 40/2022 de 31 de enero, declarando, “…Desestima la solicitud de fs. 741 – 741 vta, realizada por Entel S.A., así como la excepción de prescripción opuesta a fs. 792 – 793 por Víctor Ramiro Nava Carranza, y no habiendo nada más que tramitar referente a la reincorporación, pago de sueldos devengados y edmas derechos sociales, se da por concluido el proceso, para el posterior archivo de obrados”. Una vez apelada la decisión por la Empresa compulsante, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a través de la Resolución A.I. N° 215/2023 de 13 de septiembre, CONFIRMA la Resolución N° 40/2022 de 31 enero y el Auto de fecha de 26 de enero de 2023 de obrados, salvando derechos del SENASIR, sobre aportes laborales no pagados y sea con formalidades de ley.

Contra dicha resolución, la Empresa compulsante, formuló recurso de casación, recurso que fue negado en su concesión por el Tribunal ad quem mediante A.I. N° 591/2023 de 04 de diciembre, conforme lo establecido por art. 274.II. núm. 2 de la Ley 439.