POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por el Gobierno Autónomo Departamental de Pando (GADP), representado por: Regis German Richter Alencar como Gobernador, a través de su apoderado: Gustavo Alberto López Escalante; en consecuencia se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 202/23 de 27 de diciembre de 2023 de fs. 92 a 93 emitido por la Sala Civil, Social, Familia, Niñez y Adolescencia, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando.
Sin costos en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178.
De conformidad con la convocatoria de fojas 124 vta., interviene para la resolución de la causa, la Magistrada María Cristina Díaz Sosa, de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
