POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación cursantes de fs. 999 a 1004, interpuesto por Zaida Balanza Gutiérrez, Karol Virginia, Víctor Hugo, Fernando Antonio y Ninet Zaida, todos Ávila Balanza y de fs. 1007 a 1011, postulado por Juan José Ávila Balanza, contra el Auto de Vista N° 209/2023, de 08 de diciembre, que corre de fs. 982 a 992, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, de Familia, Niñez, Adolescencia, Pública Primera, del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
