POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación cursantes de fs. 354 a 358, interpuesto por Ronat Sandro Moreira Encinas y Vanessa Mónica Calvet Arandia; y de fs. 376 a 384 vta., formulado por Martha Isabel Cuiza Cruz, contra el Auto de Vista N° 519/2023, de 21 de septiembre, corriente de fs. 344 a 347, emitido por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
