II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 18/2022 de 26 de mayo (fs. 621 a 638), el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Javier Yucra Maras autor de la comisión del delito de Estupro agravado, previsto y sancionado por el art. 309 del CP con relación al art. 310 inc. k) del CP, imponiendo la pena privativa de libertad de 8 años.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Javier Yucra Maras formuló recurso de apelación restringida (fs. 648 a 657 vta.), resuelto por el Auto de Vista 557/2023 de 10 de noviembre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
