II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 28/2019 de 10 de septiembre (fs. 335 a 341 vta.), el Tribunal de Sentencia Penal Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Jaime Ramiro Pineda Soto, autor de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del CP, imponiendo la pena de 1 año y 3 meses de reclusión, con pago de daños y perjuicios a las víctimas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Jaime Ramiro Pineda Soto formuló recurso de apelación restringida (fs. 363 a 368), resuelto por el Auto de Vista 2652023-SP1 de 14 de septiembre de 2023, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró “sin lugar” el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
