II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 26/2021 de 8 de julio (fs. 116 a 128 vta.), el Juzgado de Sentencia Primero en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Juana María Álvarez Arandia, autora de la comisión del delito de Suministro, previsto y sancionado por el art. 51 de la Ley 1008, imponiendo la pena de ocho años de presidio, más costas y multa de 300 días de Bs. 1, por día.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, la imputada Juana María Álvarez Arandia Vda., de Benett formuló recurso de apelación restringida (fs. 193 a 198), resuelto por Auto de Vista 125/2023-RAR de 24 de agosto (fs. 267 a 272 vta.), emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que lo declaró improcedente; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
