II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 21/2019 de 8 de julio (fs. 318 a 324 vta.), el Tribunal de Sentencia Tercero del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Marco Antonio Batallanos Aucachi, autor de la comisión de los ilícitos de Peculado Culposo e Incumplimiento de Deberes, previstos y sancionados por los arts. 143 y 154 primera parte del CP, imponiendo la condena de un año de privación de libertad, concediendo el perdón judicial.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs. 337 a 341 vta.), resuelto por Auto de Vista 179/2023 de 29 de diciembre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso de apelación planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
