II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 30/2020 de “30 de julio de 2021” (sic) (fs. 777 a 796), el Juzgado de Sentencia Penal Primero del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Julio Cesar Antequera Balderrama, autor de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de 2 años de privación de libertad y el pago de 100 días de multa a razón de Bs. 1 por día, con costas.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Julio Cesar Antequera Balderrama formuló recurso de apelación restringida (fs. 822 a 825 vta.), resuelto por el Auto de Vista 276/2023 de 21 de septiembre, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
