CONSIDERANDO I: Antecedentes del testimonio de compulsa
Dentro del proceso ordinario sobre reivindicación seguido por Esteban Golac Morales y Máxima Skocilic de Golac y otros contra Antonio Ramírez Astullas la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba emitió el Auto de Vista N° 114/2023, de 02 de agosto, cursante de fs. 1 a 3 vta. que REVOCÓ totalmente el Auto interlocutorio de 18 de octubre de 2016, en consecuencia, declaró probada la solicitud de restitución del inmueble con Matrícula N° 3.01.1.02.0027196, ubicado en la avenida Juan de la Rosa, esquina calle Daniel Albornoz, zona Sarco.
Contra la referida determinación, la parte compulsante Jela Darinka Golac Skocilic de Nacif y Esteban Golac Morales presentaron recursos de casación cursantes de fs. 10 a 16 y de fs. 20 a 26, del testimonio, que fueron rechazadas mediante Autos de 30 y 31 de enero de 2024, respectivamente, bajo el argumento de que el recurso de casación únicamente procede contra autos de vista que resolvieren un auto definitivo, sentencia o anulen todo lo obrado y no así contra autos de vista que resolvieren autos interlocutorios simples.
En virtud de esa disposición Jela Darinka Golac Skocilic de Nacif y Esteban Golac Morales, presentaron los recursos de compulsa que son objeto de análisis.
