POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 1234 a 1247 vta., interpuesto por Raúl Ángel Humberto Gómez Melazzini, impugnando el Auto de Vista N° 630/2023, de 09 de noviembre, cursante de fs. 1226 a 1232 vta., emitido por la Sala Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
