POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 400.I.II del Código de las Familias y del Proceso Familiar, ADMITE el recurso de casación de fs. 1696 a 1703, interpuesto por la empresa TERRA FIRMA SOLUCIONES INTEGRALES S. A., representado por Erlan Nelson Viruez Valverde contra el Auto de Vista de 10 de julio de 2023, corriente de fs. 1687 a 1693 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
