II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia de 21 noviembre de 2019, a fs. 257-261 vta., emitida a conclusión de procedimiento inmediato para delitos flagrantes, el Juzgado de Sentencia Penal Cuarto del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Marlene Ugarte Loayza, autora y responsable de la comisión del delito de Venta en Farmacia, calificado conforme el art. 63 con relación al art. 33 inc. j) de la L1008, imponiendo la multa de hasta dos mil días multa a razón de 1Bs.- por día; así de disponer la clausura del establecimiento farmacéutico por el término de seis meses.
II.2. Recurso de apelación restringida.
Contra aquel Fallo, en actuación de fs. 278-282, la imputada opuso apelación restringida, observada por Auto de 9 de octubre de 2023, complementada por memorial de fs..441-442, y resuelta a través de Auto de Vista de 20 de octubre de 2023, dictado por la Sala Penal Primera de Cochabamba que, sin pronunciarse en el fondo, lo declaró inadmisible.
