II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 28/2020 de 18 de diciembre (fs. 115 a 136), el Juzgado de Sentencia Penal Noveno de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba declaró a Rafael Guillermo Bustillo Siles, autor y culpable de la comisión del delito de Violencia Familiar y Doméstica, previsto y sancionado por el art. 272 bis del CP, imponiendo la sanción de tres años de reclusión con costas, daños y perjuicios, averiguables en ejecución de Sentencia a favor de la víctima y el Estado.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 146 a 151 vta.), resuelto por el Auto de Vista 137/2023 de 4 de octubre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
