POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184-1 de la CPE y el art. 42 de la LOJ N°. 25 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de nulidad y/o casación de fs. 315 a 318.
Sin costas, en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de junio de 1990 y art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1990.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
