POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADOS los recursos de casación interpuestos por Silvia Rosmery Quintanilla Terrazas por un lado; y, María Reneé Pérez Toro de Valdivia e Iván Carlos Valdivia Quintanilla por otro, de fs. 302 a 312 y 353 a 359 vta., respectivamente. Con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
