AS/0790/2024-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0790/2024-RRC

Fecha: 13-May-2024

III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

De acuerdo al Auto Supremo 1722/2023-RA de 6 de noviembre, corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo.

La entidad recurrente refirió que, en el recurso de apelación restringida se fundamentó de manera clara y precisa que, la Sentencia carecía de fundamentación y congruencia, además de carecer de valoración de las pruebas presentadas y expuestas en el juicio oral; empero, el Tribunal de alzada refirió que: “… lo correcto es que, previamente deberían demostrar la capacidad económica del acusado, es decir demostrar si este contaba con los suficientes recursos económicos para haber comprado de la Proveedora Karina Ind. E Com de Plástico Ltda., sin tener en cuenta que el acusado era un tornero mecánico, entonces como actos de investigación de la etapa preliminar y preparatoria la parte acusadora debió recabar de los bancos, cooperativas a la ASFI y a otras entidades estatales, los depósitos, giros y otro movimiento económico que haya realizado el acusado, eso demuestra que las pruebas ofrecidas al juicio oral han sido insuficientes para generar convicción sobre la responsabilidad penal del acusado”; sin embargo, a decir de la parte recurrente, las mismas fueron debidamente descritas en la apelación restringida, pruebas que demuestran irrefutablemente la autoría y culpabilidad en el delito endilgado, puesto que, el Tribunal de apelación no fundamentó de manera detallada en cada uno de los casos observados en el recurso sin justificar y valorar la incongruencia que existe en la Sentencia, dejando en indefensión a la Aduana. Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 65/2012-RA de 19 de abril y 188/2013-RRC de 11 de julio.