AS/0855/2024-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0855/2024-RA

Fecha: 20-May-2024

III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Previa relación de antecedentes del proceso, manifiesta que si bien el Auto de Vista declaró procedentes los dos recursos de apelación interpuestos, incurrió en contradicción, siendo que no todos los tópicos fueron abordados. Indica que el Tribunal de Alzada omitió considerar su agravio vinculado a vulneración al debido proceso en su vertiente de congruencia, en el que reclamó que la sanción emitida en su contra, era producto de la modificación de los hechos y del tipo penal.

Denunció que el Tribunal de apelación no actuó con imparcialidad ya que respecto a su segundo agravio, efectuó observaciones a su planteamiento; siendo que, en relación al recurso del Ministerio Público no obró de la misma manera, pese a contener defectos. De cualquier manera, indica que el Tribunal de Alzada no se pronunció sobre su agravio vinculado a que la Sentencia no respondió a sus postulados de defensa, dando la impresión que por haber declarado procedente su recurso se le dio la razón, pero no fue así.

Señala que si el Ministerio Público no pudo sustentar su acusación, no se debería pretender que corrija sus pretensiones, pues ello implicaría afectar los derechos del imputado, siendo que, pese a que presentó contestación al recurso de apelación interpuesto, el Auto de Vista omitió considerar sus argumentos.

Expresa que los fallos citados en el Auto de Vista, no comparten supuestos fácticos similares, siendo que en cámara Gessell, la víctima nunca manifestó haber sido agredida sexualmente.

Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre y 597/2019-RRC de 13 de agosto.