II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 09/2018 de 8 de marzo (fs. 275 a 283), el Tribunal de Sentencia de Ivirgarzama del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Celestino Andia Blanco, autor y culpable de la comisión del delito de Abuso Deshonesto, tipificado por el art. 312 del CP, según la Ley 054 “Ley de Protección legal de Niño, Niña y Adolescente”, con relación al art. 310 num. 4) del CP, imponiendo la pena de 15 años de presidio, con costas a favor del Estado y el resarcimiento de daño civil a favor de la víctima; y, absuelto del delito de Violación en grado de tentativa, previsto y sancionado en el art. 308 bis con relación al 8° del CP.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Celestino Andia Blanco, formuló recurso de apelación restringida (fs. 409 a 417 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 131/2023 de 29 de septiembre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
