II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 16/2021 de 30 de junio (fs. 590 a 604 vta.) el Tribunal 7° de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Tito Cutipa Chino, autor de la comisión del delito de Violación, previsto y sancionado por el art. 308 del CP, imponiendo la pena de diez años de presidio.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Tito Cutipa Chino formuló recurso de apelación restringida (fs. 613 a 619 vta.), resuelto por el Auto de Vista 358/2023 RAR de 30 de noviembre (fs. 652 a 659 vta.), emitido por la Sala Penal Tercera Del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso formulado; en consecuencia, confirmó la Sentencia impugnada.
