II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 43/2023 de 12 de junio (fs. 203 a 209), el Tribunal de Sentencia Segundo de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Pablo Copatiti Franco, autor de la comisión del delito de Violación Infante, Niña, Niño o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del
CP, imponiendo la pena de veinte años de presidio, con costas averiguables en ejecución de Sentencia.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Pablo Copatiti Franco, formuló recurso de apelación restringida (fs. 213 a 216 vta.), resuelto por el Auto de Vista 150/2023 de 13 de octubre (fs. 234 a 235), emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró inadmisible el recurso formulado, por lo que, sin pronunciarse en el fondo de la cuestión impugnada, rechazó el recurso planteado.
