II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 30/2023 de 15 de junio (fs. 259 a 299 vta.) el Tribunal de Sentencia Primero en lo Penal de Villa Tunari del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Eriberto López López, absuelto de la comisión del delito de Feminicidio, previsto y sancionado en el art. 252 bis del CP, ordenando la cesación de todas las medidas cautelares impuestas en su contra.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público (fs. 312 a 328 vta.), Guillermo Peña Choque (fs. 352 a 358), el SLIM (fs. 361 a 367) y el Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima (fs. 419 a 422 vta.), formularon recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por el Auto de Vista 199/2023 de 20 de octubre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedentes los recursos planteados por Guillermo Peña Choque, el Ministerio Público y el SEPDAVI; y, procedente en parte la apelación del SLIM; por lo que, anuló totalmente la Sentencia apelada, ordenando la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia.
