II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 23/2023 de 28 de julio (fs. 250 a 265 vta.), el Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Harry Colque Fernández, Rolando Chachajacki Condori e Iván Chachajake Condori: i) autores del delito de Violación con agravante en grado de tentativa, previsto y sancionado por el art. 308 en relación a los arts. 8 y 310 incs. c) y d) del CP, imponiéndoles la pena de 15 años y tres meses de presidio, con costas; y, ii) absueltos de la presunta comisión del delito de Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente con agravante, previsto y sancionado por el art. 308 en relación al art. 310 incs. c) y d) del CP, pues la prueba aportada no fue suficiente para generar en el tribunal la convicción sobre su responsabilidad.
II.2. Apelaciones restringidas.
Contra la mencionada Sentencia, Rolando Chachajacki Condori e Iván Chachajake Condori (fs. 271 a 284 vta.) y Harry Colque Fernández (fs. 291 a 304 vta.) formularon recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 10/2024 de 4 de marzo, que declaró procedentes los recursos planteados; en consecuencia, anuló la Sentencia apelada, disponiendo el reenvío de la causa.
