II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 15/2016 de 12 de septiembre (fs. 72 a 77), el Tribunal de Sentencia Segundo de Quillacollo del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Rubén Céspedes Jaimes, autor y culpable de la comisión del delito de Violación previsto y sancionado por el art. 308 del CP, imponiendo la pena de dieciocho años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación “San Pablo” de Quillacollo; más costas a favor de la víctima.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs. 81 a 87); resuelto por el Auto de Vista 338 de 25 de abril de 2023, emitido por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado, confirmando la Sentencia apelada.
