CONSIDERANDO II
Que, una vez admitida la solicitud de homologación a fs. 28, se dispuso la citación a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia a fin de precautelar los intereses de un menor de edad, quien una vez notificada se pronunció negativamente a la solicitud de homologación, señalando que:
- La homologación solicitada afectaría al derecho fundamental de identidad del adolescente E.A.R.F., como derecho necesario para beneficiarse de otros derechos.
Por lo que solicitó no dar curso a la homologación de cambio de nombre.
