AS/0393/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0393/2024

Fecha: 12-Jun-2024

POR TANTO

La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010, ANULA obrados hasta el sello de sorteo de fojas 628 incluyendo el Auto de Vista Nº 113/2023 de 16 de octubre de fs. 630 a 631 vta.; disponiendo que, la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de manera inmediata, previo sorteo y sin espera de turno, emita nuevo auto de vista, resolviendo los agravios controvertidos por las partes en apelación, respetando los principios de congruencia y pertinencia, observando el debido proceso conforme prevé el artículo 265 parágrafo I del Código Procesal Civil, sin multa por ser excusable.

En cumplimiento a lo previsto en el art. 17-IV de la Ley del Órgano Judicial, póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo para su registro respectivo, debiendo tenerse presente que conforme a la recomendación Nº 22 de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos en su informe aprobado el 5 de diciembre de 2013 (Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia, hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas), la remisión de Autos Supremos anulatorios como el presente no tienen la finalidad de activar proceso administrativo alguno.

Se apercibe a los Vocales suscribientes del auto de vista impugnado, instándoles a observar el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades con diligencia a efecto de evitar, como en el presente caso, la demora innecesaria en la resolución de la causa.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.