CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casacion y su contestación
1. De la revisión del contenido del recurso de casación interpuesto por Sonia Beatriz Mamani Huarani, se observa que, en lo trascendental de dicho medio de impugnación, expuso los siguientes agravios:
a) Denunció inexistencia e incorrecta valoración de prueba, señalando que en el Auto de Vista se incurrió en violación de derechos, ya que el Tribunal de apelación, pese haber admitido en cierta forma la contradicción en la hora de otorgamiento del testamento por encontrarse la testadora en terapias de hemodiálisis fuera del domicilio, en violación del art. 115.II del Código Procesal Civil.
Que la Juez, si bien dio por ampliada la demanda, con posterioridad no aceptó estos hechos nuevos ni admitió prueba que habría influido de sobremanera en el desarrollo de la causa, violando su derecho probatorio, pues estaría probando que la causante no se encontraba en casa a momento de la firma del testamento, indicando que esa situación no es causal de nulidad y bastaría la huella dactilar de la causante, cuando la ley establece una serie de requisitos para que el testamento sea válido y el hecho que existan datos falsos en la escritura pública del testamento, de ningún modo pueden ser omitidos en su valoración.
b) Afirmó que se demostró que no existió la causa de impedimento para que la testadora firme la escritura pública y los testigos incurrieron en contradicciones, para lo cual transcribe las mismas, que firmaron en papel blanco sin conocer el contenido y algunos ni conocían a la testadora, pruebas que no fueron valoradas por la juez de primera instancia ni por el Tribunal de apelación.
Posteriormente refirió incongruencia omisiva, porque se habrían puesto en conocimiento del juez de primera instancia hechos nuevos que no modificarían la pretensión, pero si probarían las ilegalidades y nulidades con las cuales se elaboró el testamento cuestionado. Además de reiterar que no fue valorado el CD obtenido en juicio penal, así como la inexistencia del testigo testamentario Vicente Copaña Quispe que reconoció haber firmado un papel notariado en blanco y de Jhonny Colque Copa que también firmó como el anterior, días posteriores sin conocer a la testadora, siendo en consecuencia una resolución inmotivada.
En ese sentido, pide se case el Auto de Vista, y se declare probada la demanda principal de nulidad de testamento.
2. De la contestación a la demanda.
Conforme las diligencias de notificación de fs. 833 y vta., fueron notificados los demandados con el recurso de casación interpuesto, quienes no lo contestaron.
