CONSIDERANDO I: Antecedentes del testimonio de compulsa
La Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista N° 557/2023, de 06 de octubre, cursante de fs. 6 a 16 vta. de obrados, REVOCÓ parcialmente la Sentencia Nº 509/2022 de 21 de septiembre, y en consecuencia declaró: PROBADA en parte la demanda interpuesta por Rolando Calle Rodríguez e IMPROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal.
Contra la referida determinación Nora Moya Tancara, interpuso la solicitud de aclaración, complementación y enmienda atendida por Auto de 08 de abril de 2024, y de forma posterior formuló recurso de casación cursante de fs. 30 a 41, que fue denegado mediante decreto de 20 de mayo de 2024, cursante de fs. 42, en el que se argumentó que el plazo para presentar el recurso de casación esta vencido, pues este fue ingresado a través del Buzón Judicial el 16 de mayo de 2023 a horas 20:58:17, es decir fuera del horario hábil de funcionamiento del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Ante esta determinación, Nora Moya Tancara, presentó su recurso de compulsa, que es objeto de análisis.
