POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación cursantes de fs. 709 a 716, interpuesto por Nancy Gonzáles Gonzáles; y de fs. 734 a 738 vta. opuesto por Wilma Gonzáles Gonzáles, contra el Auto de Vista N° 347/2023, de 09 de junio, que corre de fs. 693 a 696, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
