3.- Alega que la “SENTENCIA SE BASA EN HECHOS INEXISTENTES O NO ACREDITADOS O VALORACION DEFECTUOSA DE LA PRUEVA” (sic), Previsto en el art. 370 inc. 6 ) del CPP argumentando que a partir de la conclusión cuarta no existe una prueba que señale que
como ser, la declaración informativa, pericia psicológica de credibilidad de testimonio, que señala que la supuesta víctima no es creíble, el desdoblamiento de imágenes que la supuesta víctima pidió con requerimiento fiscal al ITTCUP, y por ultimo no se tomó en cuenta la prueba de inspección ocular donde se demuestra en el presente que la finalidad es despojarme de mi terreno, denuncia Vulnerándose del art. 115. II de la Constitución Política del Estado, sobre el debido proceso, el razonamiento doctrinal, derecho a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones.
En relación a la temática ello, invoca en calidad de precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales “770/2012- R de 13 de agosto de 2012, 919/2006-R de 18 de septiembre y 62/2002 de 31 de julio.
Invoca también en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos 131 de 31 de enero de 2007, 61/2016-RRC del 21 de enero de 2016, 065/2012 RA de 19 de abril.
- Encabezado
- I. DATOS GENERALES
- II. ANTECEDENTES
- III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1.- El recurrente denuncia “DEFECTO DE SENTENCIA DE LA INOBSERVANCIA O ERRONEA APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA” (sic), previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP alegando que en la Sentencia en el Punto I Enunciación del Hecho el Ministerio Público hace
- 3.- Alega que la “SENTENCIA SE BASA EN HECHOS INEXISTENTES O NO ACREDITADOS O VALORACION DEFECTUOSA DE LA PRUEVA” (sic), Previsto en el art. 370 inc. 6 ) del CPP argumentando que a partir de la conclusión cuarta no existe una prueba que señale que
- IV. MARCO NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL PARA EL ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
- V. EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
- POR TANTO
