II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 03/2021 de 05 de febrero (fs. 205 vta. a 210 vta.), mediante procedimiento abreviado el Juzgado de Sentencia Sexto en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba declaró a Pedro Rocha Machado, autor de la comisión del delito de Estupro, previstos y sancionados por los arts. 309 con relación al 310 del CP, imponiendo la condena de 5 años de reclusión, con costas y daños averiguables en ejecución de la Sentencia.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, el imputado Pedro Rocha Machado formuló recurso de apelación restringida (fs. 219 a 222.), que fue resuelto por el Auto de Vista de 27 de octubre, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró Inadmisible el recurso planteado; en consecuencia, rechaza dicho Recurso apelado.
