CONSIDERANDO I
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Tramitada la demanda laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Coactiva, Fiscal y Tributaria de Sucre, emitió la Sentencia N⁰ 22/2022 de 30 de junio, de fs. 635 a 640, por la que declaró PROBADA en parte la demanda de salarios devengados y otros derechos de fs. 14 a 17 de obrados, interpuesta por la demandante, determinando que la empresa SOLUR SRL, pague a favor de Sandra Elizabeth Yucra Arancibia, la suma de Bs.18.097,77 por concepto de sueldos devengados, saldo de aguinaldo 2020 más multa; y PROBADA en parte la excepción de pago documentado.
Saldo promedio indemnizable Bs.4.654,3
CONCEPTO
MONTO
Sueldos devengados
Bs.12.392,36
Saldo aguinaldo 2020 más multa
Bs. 5.705,41
Total Bs.18.097,77
I.1.2. Auto de Vista
En conocimiento de la Sentencia N⁰ 22/2022 de 30 de junio, a través de memorial de fs. 649 a 651, Sandra Elizabeth Yucra Arancibia y la empresa SOLUR SRL., mediante escrito de fs. 654 a 662, interpusieron recurso de apelación, resuelto mediante Auto de Vista Nº 213/2023 de 6 de noviembre y el Auto complementario N⁰ 17-A/2024, emitidos por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que REVOCÓ parcialmente la Sentencia N⁰ 22/2022 de 30 de junio y deliberando en el fondo dispuso que, corresponde cancelar la totalidad del mes de septiembre de 2021, en la suma de Bs.3.696,72, manteniendo el resto de las determinaciones. Por otro lado, en relación al recurso de apelación de la empresa demandada, se confirma la sentencia apelada, por no haberse demostrado los agravios denunciados.
En consecuencia, dispone que por salarios devengados corresponde cancelar la suma de Bs.17.563,90 a lo que se debe añadir, el aguinaldo de la gestión 2020 y la multa correspondiente, resultando el monto total de Bs.21.958,32, sin costas ni costos en segunda instancia.
