AS/0551/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0551/2024

Fecha: 16-Jul-2024

POR TANTO

La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010, ANULA obrados hasta fs. 75, es decir, hasta el Auto de Admisión No. 4/2023 de 16 de febrero (fs. 75) y proceda a pronunciar nueva resolución, asumiendo el procedimiento que corresponda, sobre la base de la correcta interpretación y aplicación de los principios y normas que rigen la tramitación de los diferentes procesos, observando los razonamientos expresados en la presente resolución.

Se llama la atención de los Señores Vocales que suscribieron el Auto de Admisión No. 4/2023 de 16 de febrero, instándoles a desarrollar y cumplir la tarea jurisdiccional que les fue encomendada, con seriedad y compromiso.

Sin responsabilidad por ser excusable.

En cumplimiento del parágrafo IV del artículo 17 de la Ley del Órgano Judicial, por secretaria deberá remitirse copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura, teniendo presente que no corresponde iniciar ningún proceso disciplinario contra autoridad judicial, por las decisiones asumidas en la resolución de una causa.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.