POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010 declara INFUNDADO el recurso de fojas 169 a 177 vuelta, interpuesto por Roxana Núñez de Villarreal, en representación de la empresa Industrias Venado S.A., en contra del Auto de Vista N° 258 de 21 de septiembre de 2023, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
Con costas, se regula el honorario profesional abogado de la parte actora en la suma de Bs. 2.000.-, que mandará pagar la Jueza de Primera Instancia.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
