CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
1. La empresa MANUFACTURAS EL TRIGAL S.R.L. representada por Bernardino Santiago Pinedo Tito por memorial de demanda que discurre de fs. 41 a 46, promovió proceso ordinario de cumplimiento de obligación contra la empresa CONSTRUCTORA & INVERSIONES Freddy Pinto Alba, representada por Cesar Enrriquez Gonzales, quien una vez citado, por escrito a fs. 146 a 149 planteo incidente de nulidad de citación mismo que fue rechazado por auto de 20 de octubre de 2021, de fs. 186 a 187, desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 370/2021, de 06 de diciembre, que cursa a fs. 227 a 230, en la que la Juez Público Civil y Comercial 20° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda de cumplimiento de obligación, determinando que el demandado cancele la suma de $us. 34.000, más intereses legales del 3% mensual a computarse desde la fecha de incumplimiento de pago, con costas y costos.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por la empresa CONSTRUCTORA & INVERSIONES Freddy Pinto Alba representada por Cesar Enrriquez Gonzales, según memorial de fs. 233 a 244, originó que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 177/2024, de 27 de marzo, que sale de fs. 307 a 312 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia con costas al apelante, con base a los siguientes fundamentos:
La sentencia impugnada cumple con la debida fundamentación y motivación que exige el art. 213 num. 3 del Código Procesal Civil.
La recurrente pretende que se resuelvan pretensiones que no han sido dilucidadas en primera instancia, pues pretende que mediante el recurso de apelación se determine una nueva pretensión como ser el incumplimiento del contrato, sin embargo, no se advierte ningún medio probatorio que modifique, extinga o impida la pretensión de la parte actora, no existiendo agravio alguno.
No individualiza qué medios de prueba habrían sido defectuosamente valorados o no valorados, tampoco señala qué reglas de la sana crítica o prudente criterio se habrían vulnerado, acusando de manera genérica que no se consideró las pruebas, datos insuficientes para que el tribunal de apelación ingrese a verificar la denuncia de vulneración de la prueba, menos se adjuntó medios probatorios que contradigan la prueba de contrario.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por la empresa MANUFACTURAS & INVERSION Freddy Pinto Alba representada por Cesar Enrriquez Gonzales, según escrito de fs. 315 a 324, recurso que a continuación se considera.
