AS/0825/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0825/2024

Fecha: 30-Jul-2024

CONSIDERANDO I: Antecedentes del testimonio de compulsa

La Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de infracción por violencia, seguido por Silvia Consuelo Taborga Montan contra Eduarda Leyda Gonzales Acosta, emitió el Auto de Vista N° 443/2023, de 14 de agosto, visible de fs. 48 a 51 vta., en el que REVOCÓ la Sentencia N° 326/2022, de 01 de diciembre, declarando PROBADA en parte la demanda; en consecuencia, dispuso que la demandada se someta a terapias psicológicas, que María Fernanda Milagros Villamor Taborga reciba terapia psicológica, dichas terapias deberán ser cumplidas en un plazo de seis meses cuyo resultado deberá hacer llegar al juzgado; y, mediante Auto de 04 de enero de 2024, determinó no ha lugar a la solicitud de aclaración, enmienda y complementación, cursante a fs. 54.

Contra la nombrada determinación la demandante Silvia Consuelo Taborga Montan presentó el recurso de casación visible de fs. 83 a 85, que mereció el Auto de 18 de agosto de 2023, obrante de fs. 100, que denegó el recurso de casación interpuesto, en cumplimiento de los arts. 233 y 315 del Código Niño, Niña y Adolescente.

Ante esa disposición Silvia Consuelo Taborga Montan, presentó el recurso de compulsa que pasa a ser analizado.