II. ANTECEDENTES
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
II.1. Sentencia.
Por Sentencia 13/2020 de 13 de febrero (fs. 138 a 143), el Tribunal de Sentencia Primero del Tribunal Departamental de Cochabamba, declaró a Delia Ovando Claros, autora de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la sanción de tres años de privación de libertad, con costas a favor del Estado.
II.2. Apelación restringida.
Contra la referida Sentencia, Delia Ovando Claros formuló recurso de apelación restringida (fs. 170 a 173), resuelto por el Auto de Vista 44/2023 de 26 de junio, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.
