POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADOS los recursos de casación, interpuestos por Fidel Flores Martínez, cursante de fs. 123 a 126 vta.; y, Renzo Núñez Nogales, cursante de fs. 128 a 134, con costas.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
