III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 268/2024-RA de 29 de febrero, se admitió el recurso de casación del Ministerio Público, por lo que corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo.
El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado incurre en falta de debida fundamentación y motivación, que constituye en defecto absoluto conforme los arts. 124, 169 inc. 3), 370 inc. 1), 5) y 10) del CPP, puesto que el Tribunal de alzada no dio respuesta de manera clara y objetiva al recurso de apelación restringida que hace referencia a la sentencia, vulnerando los principios de verdad material y seguridad jurídica, establecidos en los arts. 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
