POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 25 de 24 de junio de 2010 declara INFUNDADO el recurso de fojas 687 a 694 y vuelta, interpuesto por el Servicio Departamental de Caminos La Paz SEDCAM, en contra del Auto de Vista Nº 102/2023 de 19 de julio, emitido dentro de la demanda por pago de beneficios sociales seguido Benita Fernández de Tarqui, contra el Servicio Departamental de Caminos La Paz SEDCAM.
Sin costas, conforme lo previsto en el art. 39 de la Ley Nº 1178.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
