CONSIDERANDO I
I.1. Antecedentes del proceso
Sentencia
Tramitado el proceso laboral de beneficios sociales, el Juez de Trabajo y Seguridad Social Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de Santa Cruz, emitió la Sentencia N° 58/2021 26 de julio, de fs. 1582 a 1589, que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 38-42, aclarada a fs. 45 a 48, sin costas y dispuso que la Compañía de Gas Natural Comprimido GENEX SA, cancele los beneficios sociales, el pago de la multa del 30% y la actualización establecida por el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo del 2008; siendo el monto de la liquidación, equivalente a sus derechos y beneficios sociales, los siguientes:
José Miguel Suarez Raldes. - Tiempo de servicios del 12/05/2005 hasta el 13/02/2016, sueldo promedio de Bs. 7.600.-
Desde la gestión 2006 al 2016
Subtotal………………………..Bs. 55.994,27.-
Multa 30%...............................Bs. 16.798,28.-
TOTAL…………………………Bs. 72.792,55.-
Pedro Sánchez Liceras. - Tiempo de servicio desde el 24/03/2008 hasta el 08/09/2017, sueldo promedio de Bs. 4.281,70.-
Desde la gestión 2008 al 2017
Subtotal…………………………..Bs. 20.299,70.-
Multa 30%..................................Bs. 6.089,91.-
TOTAL……………………………Bs. 26.389,61.-
Alberto Sánchez Liceras. - Tiempo de servicio desde el 24/03/2008 hasta el 08/09/2017, sueldo promedio de Bs. 4.618,50.-
Desde la gestión 2008 a 2017
Subtotal…………………………..Bs. 23.073,36.-
Multa 30%..................................Bs. 6.922,00.-
TOTAL……………………………Bs. 29.995,36.-
Franz Miguel Aguirre Menacho. - Tiempo de servicio desde el 01/07/2006 hasta el 13/06/2015, sueldo promedio de Bs. 5.602,80.-
Desde la gestión 2006 al 2015
Subtotal……………………………Bs. 35.110,86.-
Multa 30%....................................Bs. 10.533.25.-
TOTAL……………………………..Bs. 45.644,11.-
Arturo Campos Cabezas. - Tiempo de servicios desde el 28/10/2003 hasta el 08/09/2017, sueldo promedio de Bs. 6.344,90.-.
Desde la gestión 2003 al 2017
Subtotal……………………………Bs. 51.901,46.-
Multa 30%....................................Bs. 15.570,43.-
TOTAL……………………………..Bs. 67.471,89.-
GRAN TOTAL A PAGAR………..Bs. 242.293,52.-
Monto objeto de actualización en ejecución de fallos, conforme prevé el art. 9 del Decreto Supremo N⁰ 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.2. Auto de Vista
En grado de apelación, por Auto de Vista N° 270 de 13 de diciembre de 2022, de fs. 1623 a 1626, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Administrativa y Coactiva Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, CONFIRMÓ la Sentencia N° 58/2021 de 26 de julio, de fs. 1582-1589 de obrados.
I.3. Auto Supremo N⁰ 468/2023 de 14 de noviembre
Interpuesto el recurso de casación contra el Auto de Vista N° 270 de 13 de diciembre de 2022, de fs. 1623 a 1626, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, ANULÓ el Auto de Vista N° 270 de 13 de diciembre de 2022, de fs. 1623-1626; emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Administrativa y Coactiva Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, disponiendo que el Tribunal de Alzada, pronuncie nuevo auto de vista, observando el debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación.
1.4. Segundo Auto de Vista
En cumplimiento del Auto Supremo N⁰ 468/2023 de 14 de noviembre, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa, Administrativa y Coactiva Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista N⁰ 39 de 8 de marzo de 2024, que CONFIRMÓ la Sentencia N° 58/2021 de 26 de julio, de fs. 1582-1589 de obrados, con costas.
