VISTOS
El recurso de casación de fojas 1181 a 1184, deducido por Marisabel Daria Tapia Morales, causahabiente de Ninfa Tapia Butron, en mérito a la Escritura Pública de proceso sucesorio N° 130/2018 de 23 de abril, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública N° 12 del distrito Judicial de la Paz y el recurso de casación de fojas 1188 a 1195 y vuelta, interpuesto por Alicia Mamani Caspa, impugnando el Auto de Vista N°149/2023 de 4 de diciembre, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fojas 1173 a 1174), dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido por Alicia Mamani Caspa, contra Ninfa Tapia Butrón, el memorial de contestación de fojas 1196 a 1198 vuelta, el Auto de 29 de mayo de 2024 (fojas 1201), que concedió el recurso; el Auto Interlocutorio N° 320//2024 de 22 de julio que admitió los recursos (fojas 1210 a 1211 y vuelta) , los antecedentes del proceso y,
