POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en el numeral 1 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado y en el numeral 1 del parágrafo I del artículo 42 de la Ley de Órgano Judicial, N° 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fojas 1303 a 1312, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Warnes; en consecuencia mantiene firme y subsistente la Sentencia N°05/2023 de 10 de octubre, emitida por la Sala Social Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Tributaria Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
Sin costas ni costos en virtud de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
