AS/0787/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0787/2024

Fecha: 28-Ago-2024

POR TANTO

La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución prevista en el arts. 184 parágrafo 1 de la Constitución Política del Estado y 42 parágrafo I numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial, artículo 220 parágrafo III numeral 1 del Código Procesal Civil, conforme los argumentos y fundamentos expuesto en la presente resolución, ANULA obrados hasta fojas 464 de obrados inclusive disponiendo que el Tribunal de Primera instancia desestime por improcedente el recurso de fs. 455 a 463 y declare ejecutoriada la resolución impugnada.

Sin responsabilidad por ser excusable.

En cumplimiento a lo previsto en el art. 17-IV de la Ley del Órgano Judicial, póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo para su registro respectivo, debiendo tenerse presente que conforme a la recomendación Nº 22 de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos, en su informe aprobado el 5 de diciembre de 2013 (Garantías para la independencia de las y los operaciones de justicia, hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas), la remisión de Autos Supremos anulatorios como el presente no tienen la finalidad de activar proceso administrativo alguno.

Regístrese, notifíquese, y devuélvase. -