CONSIDERANDO II: Del contenido del recurso de casación
II.1. Edwin Widmer Huayhua Martínez, por medio del recurso de casación de fs. 97 a 99, acusó que:
1. El respetable Tribunal de alzada al pronunciar el Auto de Vista recurrido no consideró que en ninguna de las cláusulas del documento transaccional se estableció que Sandra Eliana Salinas Rocha y su persona son propietarios del lote de terreno que cuenta con una superficie de 900 m2, por lo que mal se podría disponer que este bien vaya en favor de sus hijos, pues según el art. 177 de la Ley Nº 603, la comunidad de gananciales es irrenunciable y que la única forma de disponer los bienes en favor de sus descendientes es por medio de una escritura pública, bajo pena de nulidad.
2. Tanto el Juez de primer grado como la Sala de apelación inobservaron que la demandante Sandra Eliana Salinas Rocha confesó mediante su escrito de demanda de divorcio que se encuentra separada de manera voluntaria del demandado desde el mes de julio de 2004; entonces, habiéndose cuestionado oportunamente que la prueba acompañada a la demanda principal no acreditaba que los bienes litigados se encuentran dentro de su propiedad y de la demandante corresponde actuar en su mérito; asimismo, al momento de dictarse el Auto de Vista recurrido no se consideró que en la audiencia preliminar de manera sorpresiva la parte demandante presentó un folio real y un documento de compra venta sin permitírsele objetar e impugnar dicha prueba.
Argumentos por los cuales pidió que este máximo Tribunal de Justicia anule o case el Auto de Vista impugnado.
Contestación a los recursos de casación.
II.2. Sandra Eliana Salinas Rocha, representada por Kelin Ugarte Dorado, por medio del escrito de respuesta que sale de fs. 103 a 104 vta., contradijo el recurso de casación, manifestando que:
1. El escrito formulado por la parte adversa no puede ser llamado recurso de casación en el fondo, porque en su contenido (de 5 páginas) no se advierte ningún agravio, de lo que se advierte que el acto procesal objeto de contestación simplemente se trata de una chicana jurídica utilizada por el demandado para no dar cumplimiento con las decisiones judiciales pronunciadas dentro del presente caso.
2. Resulta inverosímil que la ex sociedad conyugal Huayhua-Salinas no cuente con bienes inmuebles que se encuentren a nombre de ambos litigantes, toda vez que Edwin Widmer Huayhua Martínez adquirió y se apropió de varios bienes inmobiliarios manejándolos a su antojo, de los cuales dos se encuentran totalmente identificados por ello deben ser repartidos en ejecución de sentencia.
3. La parte adversa en el 90 % de su recurso de casación se limitó a efectuar una transcripción altamente detallada de la topografía de los bienes inmuebles, pretendiendo hacer incurrir en error a los hombres formados, por lo que el escrito de impugnación no puede ser atendido porque fue expresado con una técnica novelesca.
4. El impugnante se inventó fecha de la aparente suscripción del documento de transferencia y de la supuesta separación de cuerpos con anterioridad al proceso de divorcio, aspecto sobre el cual se puede entender que la vía de casación no es el procesamiento idóneo para que esta pretensión sea atendida por el Tribunal Supremo de Justicia pueda casar el Auto de Vista recurrido.
Argumentos por los cuales pidió que este Tribunal de casación rechace el recurso de casación propuesto por la demandante.
