III. MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
De acuerdo al Auto Supremo 543/2024-RA de 8 de abril (fs. 899 a 902), corresponde el análisis de fondo del siguiente motivo:
La recurrente reclama la vulneración del debido proceso en su vertiente de motivación y fundamentación, el derecho a la defensa y a la seguridad jurídica a raíz de que fue notificada con las observaciones a su recurso de apelación restringida en un domicilio que no le corresponde, pues la diligencia fue practicada a nombre del Abogado José Mario Callante con cel. 60557173, que no figura como su abogado patrocinante, aspecto que le imposibilitó subsanar las observaciones realizadas a su recurso, aplicando erróneamente el Tribunal de alzada la aplicación del procedimiento penal al generar el rechazo de recurso de apelación restringida.
